Desde que empecé a escribir sobre movilidad eléctrica y, en concreto, sobre cargadores para coches eléctricos, una de las preguntas que más me hacen es: “¿Cuándo acaba el Plan MOVES III?”. La duda es totalmente lógica: las ayudas públicas siempre están envueltas en falta de claridad, prórrogas de última hora y condiciones que cambian según avanza el año. Por eso quiero explicarlo desde mi propia experiencia, de forma simple y sin rodeos.

Fecha oficial: ¿cuándo termina realmente el MOVES III?
A día de hoy, la fecha marcada como final del Plan MOVES III es el 31 de diciembre de 2025. Este es el límite que utilizamos como referencia quienes seguimos de cerca la evolución de las ayudas para la compra de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga.
Para mí, esta fecha funciona como una especie de “cuenta atrás”: si quieres asegurarte de que podrás optar a la subvención, lo ideal es no esperar a los últimos meses del año. Aunque lo explicaré más adelante, el verdadero problema no suele ser la fecha final, sino el presupuesto limitado por comunidades autónomas.

¿Se puede justificar la ayuda después de 2025?
Muchas personas no lo saben, pero lo habitual es que el proceso de justificación (es decir, presentación de facturas, certificados e instalación completada) se extienda más allá del año de solicitud. En la práctica, esto significa que aunque el último día para pedir la ayuda sea en 2025, es muy probable que haya margen durante 2026 para entregar la documentación final.
Personalmente, creo que esto es una ventaja enorme: evita prisas, permite programar la instalación con más calma y da aire a las empresas instaladoras, que suelen tener la agenda saturada cada vez que se acerca el final del plan.
¿Por qué depende tanto de tu comunidad autónoma?
Una de las partes más confusas del MOVES III es que, aunque el plan es nacional, los fondos los gestiona cada comunidad autónoma. ¿Qué implica esto? Que aunque el Estado marque una fecha final, si en tu comunidad se agotan los fondos, ya no se pueden aceptar más solicitudes.
Esto lo he visto repetirse año tras año:
- Hay comunidades donde las ayudas vuelan en pocos meses.
- Y otras donde todavía quedan fondos casi al final del periodo.
Este detalle es clave. Puedes estar dentro del plazo oficial pero quedarte sin subvención simplemente porque tu región agotó su presupuesto antes de tiempo.
¿Conviene instalar ahora un cargador para aprovechar el MOVES III?
Sinceramente, creo que sí. Estamos en un momento muy interesante para la movilidad eléctrica:
- Cada vez hay más modelos eléctricos y enchufables asequibles.
- Los cargadores domésticos han mejorado en potencia, eficiencia y conectividad.
- Más comunidades y ayuntamientos están facilitando la instalación en garajes comunitarios.
Aunque las ayudas siguen siendo un aliciente potente, noto que cada vez más personas consideran instalar un cargador como una mejora lógica del hogar, incluso sin subvención. Aun así, si puedes aprovechar el MOVES, mejor que mejor.
Consideraciones fiscales que no debes pasar por alto
Desde un punto de vista fiscal, es importante recordar que las ayudas del Plan MOVES III se consideran una ganancia patrimonial no derivada de transmisión y, por tanto, deben integrarse en la base imponible general del IRPF. Esto significa que tributan al tipo marginal correspondiente a cada contribuyente, que puede oscilar habitualmente entre el 19% y el 47% según tramo y comunidad autónoma. Además, la subvención debe declararse en el ejercicio fiscal en el que se haya cobrado efectivamente, no cuando se solicitó ni cuando se realizó la instalación.
En la práctica, esto implica que aunque recibas varios miles de euros en ayudas, esa cantidad incrementará tu base general y podría incluso modificar el tipo aplicable si te sitúa en un tramo superior. Aun así, desde un análisis coste-beneficio, la subvención sigue resultando ventajosa: el impacto fiscal es notablemente menor que el ahorro total obtenido en la adquisición del cargador o del vehículo. Mi recomendación técnica es anticipar este efecto y, si procede, ajustar retenciones o consultar con un asesor fiscal para optimizar el resultado de la declaración.
¿Habrá un MOVES IV?
Esta es la pregunta del millón. Y siendo honesto: a día de hoy no hay nada garantizado.
Podría aparecer un MOVES IV o un nuevo tipo de programa, porque España necesita seguir impulsando el coche eléctrico. Pero también podría ocurrir lo contrario. Por eso, si estás pensando en instalar un cargador o comprar un vehículo eléctrico, mi recomendación personal es clara: mejor no esperar a un futuro incierto.
Conclusión: 2025 es el año clave
Por resumirlo de forma directa:
- El MOVES III tiene como fecha final 31 de diciembre de 2025.
- Es probable que puedas justificar la compra o instalación durante 2026.
- Los fondos dependen de tu comunidad y pueden agotarse antes.
- Si estás pensando en instalar un cargador, ahora es un buen momento para hacerlo.
Yo, si estuviera en tu situación, no esperaría al último momento del año.






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